Capacitación sobre Firma Digital a Agentes provinciales

El viernes 7 de julio la Secretaría de Gestión Pública (SGP) dictó una capacitación sobre FIRMA DIGITAL a 45 agentes de la administración pública provincial.

La capacitación estuvo organizada en 3 módulos:

Módulo Infraestructura de Firma Digital a cargo de Daniel Fernandez Que no es firma digital – Tipos de Firma Digital – Componentes – Marco Legal – Quiénes pueden solicitar Firma Digital – Diferencias entre Firma Digital y Firma Electrónica.

Módulo Mundo digital y aspectos fundamentales que hay que saber por el Ing. Gustavo Giorgetti Mundo Papel / Mundo Digital -> Distintas Soluciones / Distintos Problemas – Definición de Expediente, tareas que se deben realizar independientemente de si la solución es Papel o Digital – Tipos de Firma.

Módulo Demostración de uso y características e implementación con GDE a cargo de la Ing. Florencia García Rambeaud Se realizó una demostración de firma de documentos con diferentes programas informáticos, analizando características, ventajas y desventajas de los mismos. Además se realizó una demostración de cómo firmar los correos electrónicos y se explicó de que manera se implementará la Firma Digital en el nuevo sistema de Gestión Documental Electrónica GDE.

El marco legal de la firma digital está establecido por la ley nacional N° 25506 y la ley provincial N° 2578, que fue reglamentada por el Decreto 444/11. La estructura organizacional de soporte a la misma cuenta con la ONTI como la autoridad certificante y la SGP como autoridad de registro. Se trata de un paso clave en el proceso de transformación digital en la gestión del gobierno provincial, sumando a la reciente ley 3.002 del Expediente Digital, que se encuentra en proceso de reglamentación.

El uso de la firma digital, la readecuación de los procesos administrativos para poder aprovechar todas sus ventajas y compartir datos on-line entre los distintos organismos dentro del modelo de integrabilidad provincial permiten avanzar en el proceso de desburocratización que establece la ley provincial Nº 2819.

Como utilizar la firma digital: solicitud e instructivos (+)